
Aquí os detallo lo indicado en el
BOCYL de fecha 28 de Diciembre de 2012 (Día de los Inocentes):
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 249 Pág. 79758 Viernes, 28 de diciembre de 2012.
Artículo 15. Modificación de los artículos
96 y 97 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de
la Comunidad.
1. Se modifica el artículo 96 de la Ley
12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León,
que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 96. Cuotas.
a) Pescadores españoles, nacionales de
otros países integrados en la Unión Europea y otros extranjeros residentes:
15,00 euros.
b) Pescadores extranjeros no residentes
(excepto nacionales de países integrados en la Unión Europea): 50,00 euros.
2. Permisos de pesca en los cotos
dependientes de la Administración de la Comunidad:
a) Permiso en cotos de salmónidos en
régimen tradicional: 20,00 euros.
b) Permiso en cotos de salmónidos sin
muerte y días sin muerte en cotos de régimen tradicional: 14,00 euros.
c) Permiso de pesca en cotos de
ciprínidos: 8,00 euros.
d) Permiso en cotos de cangrejo: 15,00
euros.
3. Centros de acuicultura:
a) Tramitación de expediente de autorización:
325,00 euros.
b) Tramitación de expedientes de
modificación sustancial de las instalaciones o de los objetivos de producción:
165,00 euros.
c) Inspección de funcionamiento: 55,00
euros.
d) Tramitación de expediente de cambio de
titularidad: 110,00 euros.
4. Tramitación de autorizaciones de pesca
desde embarcaciones: 40,00 euros por embarcación.
5. Autorización de pesca en aguas privadas
o de uso privativo:
a) Tramitación de expediente de pesca en
aguas privadas: 275,00 euros.
b) Tramitación de expediente de pesca en
aguas de uso privativo: 275,00 euros.»
2. Se modifica el artículo 97 de la Ley
12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León,
que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 97. Exenciones y Bonificaciones.

2. Tendrán una reducción del cincuenta por
ciento de la cuota por permisos de pesca las personas mayores de 65 años o
menores de 16 años.
3. En los supuestos en que la tasa derive
de cambio de titularidad de centros de acuicultura y esta se haya producido por
transmisión “mortis causa” la cuota sufrirá una reducción del 95 % para los
herederos forzosos.
4. Las bonificaciones y exenciones reguladas
en los apartados 1 y 2 de este artículo sólo serán de aplicación cuando la base
imponible total, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la
tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación
conjunta.»
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