1/03/2013

La Junta de Castilla y león convierte la pesca en deporte de lujo.



Aunque suene a inocentada por ser publicado en el BOCYL en día 28 de Diciembre de 2012, no es una inocentada es la pura realidad, como no saben ya de dónde exprimir, ahora les ha tocado a los pescadores, subiendo la tasas en materia de pesca por encima del 50%. En fin esperemos que con esta subida de precios destinen algo, del nada que antes destinaban en la conservación y adecuación de nuestros ríos de Castilla y León.

Aquí os detallo lo indicado en el BOCYL de fecha 28 de Diciembre de 2012 (Día de los Inocentes):


Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 249 Pág. 79758 Viernes, 28 de diciembre de 2012.
Artículo 15. Modificación de los artículos 96 y 97 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad.


1. Se modifica el artículo 96 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 96. Cuotas.
1. Por la expedición o el reconocimiento de las licencias anuales de pesca:
a) Pescadores españoles, nacionales de otros países integrados en la Unión Europea y otros extranjeros residentes: 15,00 euros.
b) Pescadores extranjeros no residentes (excepto nacionales de países integrados en la Unión Europea): 50,00 euros.
2. Permisos de pesca en los cotos dependientes de la Administración de la Comunidad:
a) Permiso en cotos de salmónidos en régimen tradicional: 20,00 euros.
b) Permiso en cotos de salmónidos sin muerte y días sin muerte en cotos de régimen tradicional: 14,00 euros.
c) Permiso de pesca en cotos de ciprínidos: 8,00 euros.
d) Permiso en cotos de cangrejo: 15,00 euros.
3. Centros de acuicultura:
a) Tramitación de expediente de autorización: 325,00 euros.
b) Tramitación de expedientes de modificación sustancial de las instalaciones o de los objetivos de producción: 165,00 euros.
c) Inspección de funcionamiento: 55,00 euros.
d) Tramitación de expediente de cambio de titularidad: 110,00 euros.
4. Tramitación de autorizaciones de pesca desde embarcaciones: 40,00 euros por embarcación.

5. Autorización de pesca en aguas privadas o de uso privativo:
a) Tramitación de expediente de pesca en aguas privadas: 275,00 euros.
b) Tramitación de expediente de pesca en aguas de uso privativo: 275,00 euros.»
2. Se modifica el artículo 97 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 97. Exenciones y Bonificaciones.
1. Estarán exentos del pago de la cuota correspondiente a la licencia de pesca los residentes en Castilla y León, mayores de 65 años, los menores de dicha edad que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65% y los mayores de 60 años beneficiarios del sistema público de pensiones.
2. Tendrán una reducción del cincuenta por ciento de la cuota por permisos de pesca las personas mayores de 65 años o menores de 16 años.
3. En los supuestos en que la tasa derive de cambio de titularidad de centros de acuicultura y esta se haya producido por transmisión “mortis causa” la cuota sufrirá una reducción del 95 % para los herederos forzosos.
4. Las bonificaciones y exenciones reguladas en los apartados 1 y 2 de este artículo sólo serán de aplicación cuando la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta.»

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